martes, 12 de octubre de 2010

PROCEDIMIENTOS DIPLOMÁTICOS

 
PROCEDIMIENTOS DIPLOMÁTICOS
ARCHIPIÉLAGO AUSTRAL ARGENTINO

Documento Analítico

La reacción pública producida y difundida por la Cancillería Argentina en relación a ejercicios misilísticos desarrollados por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, se hayan producido o no comunicaciones previas a nuestro Gobierno a través del Servicio de Hidrografía Naval, suena poco coherente en virtud de que los mismos de un modo u otro vienen siendo conocidos y ejecutados desde hace varios años atrás.

En efecto, lo que el procedimiento de rigor indica, es que el Gobierno Argentino debiera haber efectuado la respectiva presentación de protesta ni bien iniciados los mismos y no tan tardíamente como lo acaba de cumplir la actual administración. Ello forma parte del marco formal de rechazo al que tiene derecho la República Argentina conforme la Carta de las Naciones Unidas, el mandato de la Asamblea General, Resolución Nº 2065 (XX), y los anteriores y posteriores referidos al conflicto.

Las Islas Malvinas, Sandwich del Sur, Georgias del Sur y Orcadas del Sur, conforman el Archipiélago Austral Atlántico situado sobre la plataforma marítima argentina, de inalienable jurisdicción de nuestro país, aunque se encuentren en litigio por el acto de usurpación  históricamente cometido y reclamado contra los ingleses en 1833. Un territorio en litigio conforme la Carta de las Naciones Unidas está sujeto al tratamiento especial que fija la misma y  que en todos los casos debe ser cumplido, tal como debiera suceder con nuestro Archipiélago invadido y ocupado de facto.

Sin embargo, lo estratégicamente trascendente en realidad debe estar contenido en la política exterior argentina sobre el conflicto en si, así como la continuidad y coherencia de la misma por parte de los sucesivos gobiernos nacionales. Lo cierto es que las estridencias y discontinuidades en esta materia de ninguna manera son productivos y no le hacen bien a la República, sino todo lo contrario.

Finalmente en la política exterior argentina, el Congreso Nacional en acuerdo con los Gobiernos de las Provincias y el Gobierno Federal, debieran inscribir un régimen sostenible en los contenidos y continuidad de los procedimientos en aras de beneficiar de la mejor manera el derecho territorial que le cabe a la República frente al colonialismo denunciado recientemente, que se sigue ejerciendo con impunidad. Ello, debiera formar parte con la mejor inteligencia, también de los aspectos económicos, comerciales y culturales inherentes que resulten de interés nacional. La protesta elevada por la Cancillería con fecha 11 de Octubre de 2010, de todos modos se hizo necesaria y reafirma convenientemente los principios que el país viene manteniendo en la materia.


Fuentes: Prensa Nacional e Internacional
                Carta de las Naciones Unidas


Dr. ROBERTO A. IBARGUREN - Inv. Asoc.
Grad. AGUSTINA JUÁREZ
Salta, Martes 12 de Octubre, 2010
www.ucasal.net/iaei     
iaei-iaeiraiz.blogspot.com



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