miércoles, 6 de abril de 2011

INNOVACIONES EN LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS ENTRE PAÍSES


INNOVACIONES EN LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS ENTRE PAÍSES

Documento Analítico

Los vínculos, intercambios, cooperación, enfrentamientos y demás aspectos inherentes a la interacción política, económica y social dable entre los países que sostienen relaciones diplomáticas disponiendo para ello de sus respectivas representaciones acreditadas en sus capitales, constituidas por embajadas que ostentan la máxima representatividad entre sus gobiernos, están regidas por la Convención de Viena, que en el seno de las Naciones Unidas, regula las relaciones diplomáticas así como la inmunidad del personal actuante tanto en naciones como en organismos internacionales. Instituida el 14 de Abril de 1961 en Viena, Austria, entró en vigor el 24 de Abril de 1964, habiendo sido complementada en 1963 por la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Actualmente 174 Estados Miembros actúan en la misma y los pocos Estados que no adhirieron al Documento, aplican sus disposiciones en el ámbito del Derecho Internacional consuetudinario.

Las relaciones diplomáticas se mantuvieron en la historia de los países dentro de un definido y exigente marco protocolar, en el cual la información que intercambiaban las Cancillerías de los países, guardaba estilos de reserva y respeto mutuos, siendo relativamente infrecuente que trascendiera anónimamente y menos aún en los temas delicados y de alta estrategia civil, política  o militar. Más modernamente, en el año 2006, se produce en el mundo el lanzamiento de un sitio web de informes anónimos y documentos filtrados con contenidos sensibles en materia de interés público, preservando el anonimato de sus fuentes. Su actividad, iniciada en Julio 2007 ha crecido desde entonces constantemente hasta acumular actualmente alrededor de 1,2 mill. de documentos, siendo uno de sus creadores con el nombre de WikiLeaks, Julián Assange, programador, periodista y activista australiano de Internet. WikiLeaks, palabra originada del hawaiano y del inglés (wiki = rápido, leaks = filtración), aduce no ostentar fines pecuniarios.

Dicha organización se auto describe como fundada internacionalmente por disidentes chinos y por periodistas, matemáticos y tecnólogos de empresas provenientes de elevada actuación en EEUU, Taiwán, Europa, Australia y Sudáfrica. Sin embargo, sus creadores no se identificaron formalmente, salvo uno de sus asesores editor en jefe y actual director, el australiano Julián Assange, de difundida actuación internacional en los medios y actualmente procesado en Suecia. Su portavoz desde Septiembre de 2010 es Kristinn Hrafnsson, quien conduce la misma luego de la detención de Assange.

La designación de WikiLeaks no lo habilita como un sitio Wiki habitual y corriente, ya que sus lectores que no dispongan de permisos específicos no pueden cambiar su contenido, puesto que WikiLeaks usa una versión modificada del software de MediaWiki y su servidor principal está alojado en el ISP sueco PRQ (Proveedor de Servicio de Internet). Para mantener el anonimato de sus informantes, se utilizan sistemas especiales aleatorios como OpenSSL, Freenet, Tor y PGP.

En lo referido a las relaciones diplomáticas entre Estados, últimamente se han producido 2 sucesos inusitados y sin antecedentes en América en el tradicional manejo internacional sostenido por las Cancillerías: - declaraciones de personas non gratas y expulsión a los embajadores titulares de los EEUU acreditados en La Paz y Quito. Las causas: cargos específicos provenientes de documentos filtrados por WikiLeaks por actuaciones de los Embajadores residentes en las capitales de esos países.

Sin desconocer los derechos pertinentes de los respectivos gobiernos actuantes y sin calificar las medidas adoptadas, sí cabe analizar la contundencia y el origen de los cargos efectuados similarmente en los 2 casos ocurridos. Es decir: Cancillerías actuantes por información de origen ilegal, supuestamente robada y sin verificación de la verosimilitud acaecida en esos hechos por los Embajadores responsables.

Obviamente que los procedimientos descriptos constituyen una variante novedosa e inédita en las relaciones diplomáticas documentadas e indocumentadas entre los países en el marco tradicional de la Convención de Viena. En consecuencia, en la Comunidad Internacional surge necesariamente la obligatoriedad y cuestión de inquirir, profundizar y analizar esta nueva metodología y uso informal e ilegal, discutible por cierto. Ello, probablemente terminará siendo aceptado o no, incluido o no, en las normas diplomáticas que internacionalmente rigen algo de indiscutible e innegable importancia: las relaciones entre los países. Por lo pronto, lo ilegalmente adquirido, la documentación sustraída, el anonimato procedimental tanto de estrategia como de personas actuantes, podrán ser formalmente aceptados o no por la Comunidad Internacional, la Convención de Viena y la Carta de las Naciones Unidas?.

Fuentes: Prensa Nacional
                 Prensa Internacional
                 Wikipedia (Enciclopedia de Internet)


Dr. ROBERTO A. IBARGUREN - Inv. Asoc.
Grad. AGUSTINA JUÁREZ
Salta, Miércoles 06 de Abril, 2011
www.ucasal.net/iaei     
iaei-iaeiraiz.blogspot.com



“Nuestra Misión es contribuir educando e investigando de por vida, acorde la demanda de nuestra Comunidad”




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